Lo que no puede dejar de pasar
Muchos constructores aún pagan más impuestos de los que deberían, por simple desconocimiento. Una correcta planificación tributaria y el uso de beneficios fiscales pueden marcar la diferencia entre un proyecto exitoso y uno menos rentable. En un entorno económico desafiante, cada dólar y cada decisión cuentan, especialmente en sectores como la construcción.
Conversamos sobre este tema con el abogado Andrés Rivas Fárez, especialista con más de 17 años de experiencia en consultoría tributaria y socio de SRF LAW FIRM, una firma reconocida por su excelencia técnica y su enfoque estratégico en derecho tributario y corporativo, con trayectoria en asesoramiento a empresas del sector inmobiliario, quien comparte en esta entrevista valiosas claves para aprovechar al máximo los incentivos legales disponibles.
La planificación fiscal bien ejecutada no solo reduce la carga tributaria, también fortalece la rentabilidad y competitividad de las constructoras en el mercado ecuatoriano.
¿Qué es la planificación tributaria?
Es el proceso mediante el cual una empresa organiza sus actividades de forma 100% legal para optimizar su carga impositiva. Consiste en aprovechar las disposiciones y beneficios legales, de modo que la empresa pague lo justo en impuestos, ni más ni menos, sin caer jamás en la evasión. La diferencia es importante, planificar no es evadir, sino utilizar estrategias lícitas para reducir la carga fiscal. En el sector de la construcción, donde los márgenes a veces son ajustados y los proyectos son de largo plazo, una buena planificación tributaria puede marcar la diferencia entre un proyecto viable y uno inviable.
¿Qué objetivos pueden lograr las empresas constructoras aplicando los beneficios?
Podemos destacar varios. Se puede mejorar la liquidez del negocio a través de devolución de impuestos, como el IVA que puede recuperarse de forma mensual, y reinvertirlos en la obra. También podemos aumentar el margen de ganancia en los proyectos, aprovechando deducciones o tarifas reducidas de impuestos, lo cual mejora la competitividad de la empresa en el mercado. Finalmente, mitigar riesgos legales y financieros, al planificar y cumplir correctamente con las obligaciones, para evitar sanciones, intereses y problemas con el SRI. En resumen, en un entorno tan regulado y competitivo, la planificación tributaria se vuelve tan importante como el mismo plan de obra.

Andrés Rivas Fárez, Socio de SRF LAW FIRM
Hablemos de la devolución del IVA. ¿Quiénes pueden aprovecharlo?
Este beneficio es aplicable para promotores inmobiliarios y para constructores de infraestructura civil. Los primeros, pueden recuperar el IVA pagado en la adquisición de bienes y servicios hasta el 6.5% del costo referencial del proyecto inmobiliario; y, los segundos, pueden recuperar las retenciones de IVA recibidas de sus clientes. Este mecanismo, permite que este impuesto se convierta en un costo recuperable para la empresa.
¿Y el Servicio de Rentas Internas está devolviendo los valores?
El proceso debe ser socializado todavía más. El porcentaje de empresas que usa este beneficio todavía es bajo, existe desconfianza y desconocimiento. Sin embargo, las empresas que han activado este beneficio y han justificado la devolución, reciben la respuesta de forma ágil en un plazo aproximado de 90 días laborales. El dinero se puede recibir con una nota de crédito que puede ser negociada en el mercado de valores o mediante transferencia bancaria.
¿Acogerse a estos beneficios puede llamar la atención del SRI?
Es entendible la preocupación, pero puedo decir con tranquilidad que no existe una “auditoría automática” por el simple hecho de usar los beneficios tributarios a los que tiene derecho una empresa. El SRI no penaliza a quien usa los beneficios de forma lícita, las auditorías del SRI están programadas de manera técnica cuando se advierten riesgos en las declaraciones de las empresas, y no por el uso específico de un beneficio. Solo se vuelve un problema si alguien abusa o falsea información para conseguirlos, eso ya sería evasión o fraude, y ahí sí hay sanciones severas.
Sabemos que también existen incentivos tributarios por la creación de empleo. ¿Detalles?
El Estado estableció incentivos fiscales para promover la generación de empleo en grupos prioritarios. Contratar nuevo personal, especialmente jóvenes o mujeres, permite a la empresa obtener rebajas del impuesto a la renta. Por ejemplo, si se contrata a jóvenes entre 18 y 29 años, pueden deducir un 50% adicional del sueldo pagado. Y si esos jóvenes son recién graduados de universidades o institutos públicos, la deducción sube al 75%.
¿Algo específico para el sector construcción?
Sí, para el caso del sector construcción existe un beneficio específico: pueden deducir un 75% adicional del salario de toda nueva plaza de empleo creada, sin importar la edad del contratado. Eso sí, deben cumplir condiciones: aumentar la nómina total, mantener al nuevo personal y estar al día con el SRI, IESS y el Ministerio de Trabajo.
¿Pongamos un ejemplo?
Si una constructora incrementa 14 plazas de trabajo que representan un valor anual en sueldos de $100,000, al final del año podrían deducir $75,000 adicionales (75% de los sueldos pagados en el año), lo que implicaría un ahorro efectivo de aproximadamente $18,750 en el pago del Impuesto a la Renta.
¿Y en caso de contratación de mujeres?
Se encuentra en vigencia la Ley de Economía Violeta, que promueve la contratación de mujeres mediante incentivos tributarios concretos. Entre ellos, destaca una deducción adicional de hasta el 140% del valor de sus remuneraciones y beneficios sociales, lo que representa un estímulo relevante para quienes generen empleo formal femenino. Estos beneficios representan una oportunidad real para reducir la carga tributaria.
¿La Ley de Alivio Financiero emitida por el presidente Noboa incluyó beneficios para el sector de la construcción?
Esta Ley entró en vigor el 9 de diciembre de 2024 e incluyó un beneficio específico para las empresas que no despidieron personal durante los meses de octubre a diciembre del año 2024. El beneficio varía según el tamaño de la empresa y sus ventas, pudiendo usar un crédito directamente aplicable al impuesto a la renta desde 5% para grandes empresas, hasta el 45% para microempresas, sobre el aporte patronal al IESS de los sueldos pagados a los empleados mantenidos en este periodo. Eso sí, el crédito no puede superar el impuesto del año, por lo que no genera saldo a favor ni devolución.
¿Por ejemplo?
Por ejemplo, una empresa que deba pagar por impuesto a la renta el valor de $100,000 y no haya desvinculado trabajadores, tendrá derecho a un crédito por los aportes patronales para descontarlo del impuesto. Este beneficio fue ocasional, pero demuestra cómo la planificación tributaria también implica utilizar la reformas e incentivos temporales.

Caridad Vela y Andrés Rivas Fárez
Inversiones nuevas, ¿cómo acceder al beneficio?
Desde hace varios años están vigentes beneficios tributarios para inversiones nuevas, y esto incluye al sector de la construcción. Existen dos caminos: por un lado, registrar la nueva inversión que bien puede ser un nuevo proyecto inmobiliario, ante el Ministerio de la Producción y firmar un contrato de inversión; o, por otro lado, aplicar el beneficio de inversión nueva y productiva que puede ser usado directamente por la empresa sin necesidad de autorización de ninguna entidad pública.
¿Qué incentivos ofrece el registro de un contrato de inversión?
La suscripción de un contrato de inversión ante el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, permite una reducción de hasta 5% en la tarifa del impuesto a la renta, exoneración del ISD y aranceles en las importaciones materia de la inversión. Además, otorga estabilidad jurídica y tributaria, así como la posibilidad de arbitraje en caso de controversias. Sin embargo, está sujeto al cumplimiento de varios requisitos tales como: inversión mínima de $1 millón, con un desembolso inicial de $250,000 durante el primer año. Si el proyecto está fuera de Quito y Guayaquil, se puede acceder a exoneraciones más amplias; y, la evaluación del proyecto que demuestre generación de empleo, sostenibilidad ambiental y uso de tecnología limpia.
¿Cuál es el proceso de inversiones nuevas sin contrato de inversión?
La inversión nueva no necesita registro ni procedimiento ante ninguna entidad pública, toda inversión nueva realizada puede aplicar directamente la reducción de 3% en el porcentaje que paga del impuesto a la renta. Este beneficio no requiere autorización por parte del gobierno y puede ser aplicado directamente por la empresa al momento de presentar su declaración.
Pero, ¿qué se entiende por inversión nueva?
El beneficio aplica para empresas nuevas o existentes. Lo que sí es obligatorio es que la inversión sea nueva. Específicamente entiéndase como tal al flujo de recursos destinado a una inversión en activos productivos que permita ampliar la capacidad productiva futura, generar un mayor nivel de producción de bienes y servicios, y que generen nuevas fuentes de trabajo. La construcción de proyectos de viviendas puede ser sujeto de este beneficio de forma directa; así también, los proyectos de infraestructura civil bajo modalidad de asociación público-privada.